Serán asociados correspondientes: todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación, que cumplan el requisito general y reúnan los siguientes requisitos:
Poseer un título en Medicina y encontrarse autorizado para ejercer dicha profesión, por el Consejo Nacional de Especialidades Médicas, pero que no cumplan con los requisitos descritos en los numerales 2, 3 ó 4 de los requisitos para poder ser miembro activo. No obstante lo acá regulado estos miembros podrán presentar su solicitud escrita para ser aceptados como Miembros Activos al haber completado los requisitos enumerados anteriormente.